Convocadas las ayudas de la Generalitat de Catalunya para el doblaje o subtitulado de películas al catalán
07-07-2004
Ayer, 6 de julio, aparecía publicada en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya una Orden del Departamento de Presidencia por la que se convocan subvenciones para las iniciativas destinadas a aumentar los estrenos comerciales de largometrajes doblados o subtitulados en lengua catalana durante el año 2004. El Gobierno catalán destina a estas ayudas 1,44 millones de euros durante este ejercicio, aunque esa dotación podría ser ampliada en función de las solicitudes recibidas y de las disponibilidades presupuestarias.
Podrán optar a estas ayudas las empresas y entidades distribuidoras inscritas en el registro de empresas audiovisuales correspondiente. Las subvenciones se destinarán a gastos de doblaje o subtitulado al catalán y de copiado de largometrajes, y a gastos de promoción. Las obras beneficiarias deberán haber sido estrenadas (o tener previsto su estreno) entre el 1 de diciembre de 2003 y el 30 de noviembre de 2004. Preferiblemente, serán objeto de subvención los largos dirigidos a salas o circuitos eminentemente comerciales. Quedan excluidos los trabajos que hayan recibido ayudas para la producción. Los plazos que tienen los distribuidores para la presentación de solicitudes son hasta el 17 de julio; hasta el 25 de agosto; y hasta el 29 de octubre de 2004. Estas deben formalizarse mediante un impreso normalizado que se facilita en la Secretaría de Política Lingüística (pasaje de la Banca, 1-3, 08002 Barcelona), en las sedes de las delegaciones territoriales del Gobierno y a través de Internet, siguiendo este enlace.
La Secretaría de Política Lingüística será la que otorgue las ayudas, en función de distintos criterios de valoración. Los beneficiarios se obligan a efectuar un tiraje mínimo de 12 copias de la versión doblada al catalán, y a estrenar dicha versión en un mínimo de doce pantallas, de las cuales al menos dos serán en Barcelona. Además, los filmes deberán estrenarse en Catalunya exclusivamente en su versión catalana o simultáneamente con la versión castellana en la misma ciudad. Todos estos requisitos no son necesarios para las entidades sin ánimo de lucro que distribuyan películas dobladas exclusivamente en lengua catalana. Además, las distribuidoras deberán entregar una copia a la Filmoteca de Catalunya de las versiones catalanas de los largos, y ceder el doblaje o la subtitulación en catalán a las empresas o instituciones interesadas en hacer una difusión pública en formato videográfico o televisivo.